
Cuando empezamos a perder autonomía personal y encontramos dificultades para el desempeño de las actividades más esenciales de la vida diaria, contar con la ayuda necesaria para afrontar el día a día se convierte en una cuestión fundamental. El reconocimiento del grado de dependencia es un requisito imprescindible para poder acceder a servicios o ayudas económicas.
Para la mayoría de las personas, llega una etapa en la vida en la que por diferentes circunstancias deben adaptarse a una pérdida parcial o total de su autonomía. Esto suele implicar una transformación personal a la hora de tomar decisiones personales, vivir de acuerdo con los propios deseos y preferencias o, incluso, desarrollar múltiples actividades básicas de la vida cotidiana.
El carácter permanente en el que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria tales como movilidad, alimentación, vestimenta o apoyos para la autonomía personal.
Las personas que reúnen los requisitos anteriores podrán iniciar el trámite de reconocimiento de un grado de dependencia, además de cumplir una serie de condiciones que detallamos a continuación:
El BVD (Baremo de Valoración de la Dependencia) es el instrumento que utilizan los profesionales acreditados para reconocer el grado de dependencia de una de las personas que lo solicita. La valoración mide el grado de autonomía de las personas y su capacidad para realizar actividades diarias fundamentales. Se han de adjuntar informes médicos y cualquier otra documentación que respalde la situación de dependencia.
Los Servicios de Valoración de la Dependencia (SEVAD) emitirán la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, en la que se te determinará el grado de dependencia. El grado ya reconocido se podrá revisar en caso de mejora o empeoramiento de la situación de dependencia.
El reconocimiento oficial de la situación de dependencia es un requisito indispensable para poder acceder a las prestaciones económicas y de servicios que reconoce cada Comunidad Autónoma, y que contemplan las medidas en las áreas que afectan a las personas en situación de dependencia.
En función de la necesidad o atención personal que una persona precise para realizar las actividades fundamentales de la vida diaria, el Baremo de Valoración de Dependencia (BVD) establece tres grados diferentes de dependencia, que detallamos a continuación:
Es aquel que corresponde a la persona dependiente que precisa de ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida cotidiana al menos una vez al día, o que tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para mantener su autonomía personal.
Es la condición que presenta la persona que necesita ayuda para realizar varias actividades elementales de la vida diaria dos o tres veces al día, pero que no requiere el apoyo permanente de un cuidador o un apoyo extenso para su autonomía personal.
Es la que describe la situación de una persona que necesita ayuda para realizar diversas actividades básicas de la vida cotidiana unas cuantas veces al día, y que por su pérdida total de autonomía mental o física requiere la presencia indispensable y continua de otra persona, o bien debe contar con ayuda generalizada para asegurar su autonomía personal.
El trámite consiste en registrar la solicitud, recibir la visita del equipo de valoración, recibir la resolución de grado y, finalmente, solicitar las ayudas más adecuadas a tu necesitad.
1. Presentación de la solicitud
El primer paso es presentar la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia. Esta solicitud se puede presentar en línea o en las oficinas de Servicios Sociales correspondientes. Es importante presentar toda la documentación necesaria, que incluye datos personales, informes médicos y cualquier otra documentación que respalde la situación de dependencia.
El número de cuenta bancaria en el que recibirás la prestación debe cumplir dos requisitos:
Los técnicos sanitarios de nuestro centro de salud primaria serán los encargados de formalizar, firmar y datar este informe. Sin embargo, debemos tener en cuenta las siguientes circunstancias:
En el caso de ciudadanos no españoles de la Unión Europea, extranjeros no comunitarios y otros grupos similares, se recomienda consultar en la página web de www.web.gencat.cat la documentación adicional que se deberá presentar.
Las personas que actúen en nombre de la persona solicitante deberán presentar:
La prestación económica de la que se puede beneficiar depende de la capacidad económica de la persona dependiente. En el caso de acceder a una plaza privada acreditada según las aportaciones PEV, los importes oscilan entre de un mínimo de 200 euros para un grado II o 250 € para un grado III, hasta un máximo de 1.238,75 € mensuales.
Los profesionales de los Servicios Sociales son siempre nuestros referentes para la realización de los diversos trámites relacionados con la dependencia.
El trabajador o la trabajadora social es un aliado indispensable en todo el proceso de tramitación, reconocimiento y asistencia relacionado con la dependencia. A continuación, conversamos con María Expósito, trabajadora social de Maragall Residencial, de Atlántida Salud y Bienestar, sobre la labor que realiza a diario para ayudar a las personas que requieren servicios y prestaciones para garantizar la realización de las actividades esenciales en su vida cotidiana.
Una vez identificadas las necesidades del residente, el trabajador social puede iniciar el reconocimiento o la revisión del grado de dependencia, tramitando la solicitud correspondiente. Para ello, es importante presentar toda la documentación necesaria, que incluye datos personales, informes médicos y cualquier otra documentación que respalde la situación de dependencia. El objetivo es ayudar a las personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y que requieren apoyo para desarrollar las actividades esenciales de la vida diaria.
Son verdaderamente muchas. Las más destacadas son:
Los tres centros residenciales del grupo Atlántida cuentan con plazas privadas acreditadas (con las que se puede acceder a una prestación económica vinculada) y plazas públicas en las que la administración costea una parte de la mensualidad total. Para beneficiarse de estas ayudas es imprescindible tener reconocido un grado II o III de dependencia.
Cuando la interacción entre las limitaciones de una persona y las barreras del entorno supone una desventaja respecto al resto de ciudadanos en igualdad de condiciones, hablamos de discapacidad. Se valora teniendo en cuenta la limitación física o psíquica de la persona. Por ello, la cartera de ayudas a la que se puede acceder está relacionada con cuestiones como el transporte, la movilidad o la adaptación de la vivienda.
Todas las solicitudes requieren la presentación del formulario correspondiente y los informes médicos y/o psicológicos actualizados que confirmen la dependencia o discapacidad alegada. La acreditación de ambas es perfectamente compatible. De hecho, en la mayoría de los casos haber obtenido una resolución de grado reconocido de discapacidad o dependencia puede avalar la obtención del que falta por tramitar.
Por supuesto, las características de la ayuda a proporcionar deben adaptarse a nuestras circunstancias en cada momento vital. Por eso, una vez reconocido un grado de dependencia, podremos solicitar su revisión cuando se dé alguna de estas dos circunstancias:
Para solicitar esta revisión, deberemos cumplimentar un formulario específico, al que se deberá añadir un nuevo informe médico. A partir de ahí, el proceso será idéntico al de reconocimiento de la dependencia en primera instancia.